"La evaluación de las propuestas económicas se realiza sobre el precio real ofrecido por cada proponente, esto es, con la inclusión de los impuestos, los cuales integran el precio. Así las cosas, el hecho de que un oferente sea o no responsable de IVA influye en el precio ofertado, lo que debe reflejarse en la ponderación que se hace sobre el valor final que debe pagar la entidad estatal, comoquiera que hace parte del precio, sin importar que en el procedimiento existan otros oferentes que no son responsables de este impuesto.
En este sentido se pronunció Colombia Compra Eficiente, señalando que, para que la entidad pueda determinar cuál es la oferta que más ventaja le reporta, lo lógico es que la comparación de precios se haga sobre los que finalmente tendrá que pagar, es decir, no puede realizarse una ponderación adecuada, en el factor económico, si la entidad compara precios que no son reales, pues ello es lo que ocurre si en dicha comparación se toman precios que no serán los que finalmente pagará, porque no se encuentra incluido el IVA o cualquier otro impuesto"
Concepto 440 de 2022 Colombia compra eficiente.
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